Histórico: Cenabast podrá intermediar medicamentos a farmacias privadas
La Cámara de Diputados aprobó de forma unánime la ley que autoriza a la intermediación en la compra de medicamentos para farmacias privadas, que permite la reducción en el precio de estos, mejora su acceso y logra una mayor disponibilidad de los fármacos.
A ley. Solo falta la promulgación por parte del ejecutivo, ya que en el último trámite legislativo la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la iniciativa que permite a Cenabast intermediar los medicamentos para farmacias privadas y almacenes farmacéuticos.
El texto despachado establece que la Central podrá ejercer sus funciones respecto de farmacias y almacenes farmacéuticos privados, así como de establecimientos de salud sin fines de lucro a que se refiere el Código Sanitario (aquellos que realizan o contribuyen a la ejecución de acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas).
“Esta es una ley que viene a transformar el rol de Cenabast y que tomamos con entusiasmo, porque tenemos la seguridad de que es un gran avance para disminuir el gasto de bolsillo, para que las personas compren a un precio justo el medicamento que necesita”, sostuvo el director de Cenabast, Valentín Díaz tras conocer la noticia.
La máxima autoridad de esta institución además agregó que: “Una vez promulgada la ley, hay un plazo de 90 día para su puesta en marcha, período en el que analizaremos los requerimientos de las farmacias interesadas en trabajar con nosotros y suscribiremos los convenios de abastecimiento con cada una de ellas”.
El Ministro de Salud, Jaime Mañalich, señaló que “este proyecto produce un impacto inmediato porque genera la posibilidad real de que, a través de la ampliación de la intermediación de Cenabast, ese ahorro se traspase a las familias, como ya se ha evidenciado en lo que denominamos farmacias comunales y comunitarias”.
Respecto a la fijación de un precio máximo de venta, el documento aprobado establece que Cenabast deberá constituir un consejo consultivo conformado por el director de la Central de Abastecimiento o quien éste designe, por un representante del director del Fondo Nacional de Salud, por un representante del director del Instituto de Salud Pública y por tres economistas con experiencia demostrada en mercados regulados, debiendo al menos uno de estos últimos poseer conocimientos en economía de la salud. Además, se definen normas de probidad y transparencia aplicables a los consejeros y a las decisiones de la entidad.
Este consejo recomendará, de acuerdo con la duración de las licitaciones que realice la Central, el precio máximo de venta al público que podrán cobrar las farmacias, almacenes farmacéuticos o establecimientos de salud sin fines de lucro, respecto de los medicamentos adquiridos mediante el procedimiento establecido en esta ley.
“Estamos ciertos de que este es un paso trascendental. La tarea que Cenabast realiza, de comprar a bajos precios los mejores medicamentos, será traspasada a las personas a través de las farmacias independientes. Las personas podrán comprar medicamentos a precios justos”, concluyó el director Valentín Díaz.