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14 de diciembre de 2015

Ley Ricarte Soto: con nuevas facultades, CENABAST asegura disponibilidad de medicamentos

  • Con la puesta en marcha de este sistema de protección financiera, CENABAST inició una ronda con los proveedores de cada fármaco garantizado en la Ley, a fin de asegurar la disponibilidad de éstos a los pacientes.

Luego de entrada en vigencia del Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, Ley conocida como Ricarte Soto, CENABAST tendrá un papel fundamental en su cumplimiento, cuya primera etapa entregará cobertura para once enfermedades, lo que se traduce a 4.400 beneficiados aproximados dentro del territorio nacional, entre sistema público, privado y Fuerzas Armadas.

En este nuevo escenario, durante estos días CENABAST inició una ronda de reuniones con todos los proveedores de los fármacos que están cubiertos para palear las enfermedades adscritas en la primera etapa de la ley y cuya finalidad es conocer la oferta y los tiempos de distribución de cada uno de ellos.

El Director Pablo Venegas señaló que es clave poder conocer la situación de los laboratorios puntualmente en estos fármacos, para tomar, desde la Central, la mejor decisión de compra que favorezca al Sistema, y por ende a los pacientes.

Las reuniones han sido enfocadas con una mirada multidisciplinaria y, por lo mismo, han participado de ellas personeros del Ministerio de Salud, a fin de dilucidar todos los elementos que convergen en este proceso.

 

Nuevas facultades para CENABAST

La Ley Ricarte Soto entrega a la Central nuevas facultades, a fin de asegurar los tratamientos a los pacientes afectados por las patologías en ella incluidas. Así, en caso de suspensión o cancelación de un registro sanitario o si existiese prohibición de distribución o comercialización, CENABAST podrá importar y distribuir medicamentos independiente si cuentan o no con registro sanitario, mientras se reestablece su abastecimiento en el país.

Así también, en caso de desabastecimiento o quiebre de stock, la Central podrá solicitar ante el Instituto de Salud Pública o la Seremi de Salud, según corresponda a la naturaleza del producto, el registro sanitario provisional o autorización sanitaria pertinente y contratar a través de trato directo la compra y/o importación del producto.

A estas nuevas atribuciones, se suma la facultad de que en causas calificadas como la insuficiente capacidad de oferta o la necesidad de velar por la continuidad de un producto, CENABAST pueda contratarlo con más de un proveedor.

Todas estas nuevas facultades hacen que cada proceso sea realizado bajo parámetros de excelencia, para cumplir no sólo con la normativa, sino también con las expectativas de todos los chilenos y chilenas.

 

Entrada en vigencia de la Ley

De acuerdo a la Ministra de Salud, Dra. Carmen Castillo, la implementación de este sistema “constituye un paso inédito en la Salud Pública y un hecho histórico para las asociaciones de personas con enfermedades poco frecuentes que han trabajado para que les sea reconocido su legítimo derecho a la Salud”.

En un comienzo, la inversión para este año será de 30 mil millones, cifra que se duplicará para el próximo año, y que llegará hasta los 100 mil millones para 2017, asegurando el aumento gradual de la cobertura a otros diagnósticos y tratamientos de alto costo.